Aplicar subsidios tarifarios es una decisión del gobierno provincial en beneficio de los usuarios del servicio público de electricidad, tal cual lo establece el Marco Regulatorio Provincial (Ley 2902).

Desde el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), nos encargamos de instrumentar esa política de gobierno a través de la reglamentación del modo en el que llegarán los subsidios a los usuarios finales.

Sr. Usuario, si cree estar alcanzado por alguno de los subsidios que se detallan a continuación, lo invitamos a solicitarlo en su distribuidora de electricidad. Cualquier consulta, no dude en llamarnos al número gratuito 0-800-333-3272

Conozca aquí cuáles son los requisitos de acceso para cada uno de los casos contemplados.

Tipología de subsidios tarifarios (haga clic sobre la imagen para más detalles):

  • Pequeñas demandas de uso residencial: Todos aquellos usuarios residenciales que registren consumos que no superen los 100 kWh/mensuales ó 200 kWh/bimestre, recibirán un subsidio del 80% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro. El inmueble debe estar destinado a su propia y única vivienda.
  • Jubilados y Pensionados: Consumos residenciales de hasta 200 kWh/bimestre. Serán subsidiados con el 100% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50% de todo el consumo. A la misma categoría de usuarios que registren consumos entre 200 y 300 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 50% sobre el Cargo Fijo por suministro y del 50% de todo el consumo.
  • Ex-combatientes de Malvinas: Encuadrados en la Tarifa T1R o T1B con uso residencial con consumos de hasta 200 kWh/bimestre, se aplicará un subsidio del 100% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50% de todo el consumo. A la misma categoría de usuarios con consumos de más de 200 kWh/bimestre, se aplicará un subsidio del 50% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50% de todo el consumo.
  • Personas con discapacidad: Para usuarios finales con discapacidad encuadrados en la tarifa T1-R, consistente en el 100% del valor del Cargo Fijo y el 100% del Cargo Variable, hasta un máximo de 150 ó 300 kWh, según la facturación sea mensual o bimestral.
  • Asociaciones civiles sin fines de lucro: Dedicadas a la promoción del deporte de niños y jóvenes, que usen electricidad en instalaciones exclusivamente destinadas a ese fin. Compensación del 50% sobre los valores del Cargo Fijo y del 50% del cargo variable por suministro (T1) y del 75 % del Cargo por Uso de Red o Cargo por Potencia Máxima, según corresponda, para los usuarios encuadrados en las tarifas de medianas y grandes demandas.
  • Bibliotecas Populares: Cuyos consumos no excedan de 500 kwh mensuales ó 1000 kwh bimestrales. Subsidio del 100% del Cargo Fijo y el 100% del Cargo Variable. Los consumos de más de 1000 kwh/mensuales y hasta 2000 kwh/bimestrales, se les otorgará un subsidio del 100% del Cargo Fijo y del 50& del Cargo Variable. Los consumos que excedan los kwh subsidiados, serán a cargo del usuario.
  • Cooperativas de Agua: 100% del Cargo Gestión Comercial y del 50% del Cargo por Uso de Red para los usuarios encuadrados en la Tarifa T2 grandes demandas, y del 100% del Cargo Fijo y 50% del Cargo Variable para los usuarios encuadrados en la tarifa T1 Pequeñas Demandas. El suministro debe destinarse en su mayor parte al bombeo de agua potable tendiente a abastecer el consumo humano.
  • Entidades privadas sin fines de lucro: Usuarios que sean entidades privadas sin fines de lucro para la recuperación y atención al enfermo e indigente, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1G o T1B con uso general, y que registren consumos de hasta 4.500 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 50% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 25% sobre todo el consumo.
  • Riego Agrícola (pequeñas demandas): Pequeños productores que sean regantes agrícolas, encuadrados en la Tarifa T1G1 o T1B con uso general, con consumos de hasta 4.500 kWh/bim ó 2250 kWh/mes. Se aplicará un subsidio del 70% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 30% sobre todo el consumo. Para la Tarifa T1G2, el subsidio será del 75% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 40% sobre todo el consumo.
  • Riego Agrícola (medianas demandas): Usuarios medianos productores que sean regantes agrícolas, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T2RA o Peaje, y que registren consumos de entre 10 y 50 kW de potencia ajustados a su declaración de potencia, se aplicará un subsidio del 50% sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
  • Juntas Vecinales de Bariloche: Aquellas Juntas Vecinales radicadas en la ciudad de San Carlos de Bariloche y que, sin ánimo de lucro, utilizan la electricidad para el bombeo de agua potable destinada a la población, se aplicará un subsidio del 50% sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
  • Industrial Zona Sur: Usuarios que sean industrias radicadas en la Región Sur (correspondiente a los departamentos de Valcheta, 9 de Julio, 25 de Mayo, El Cuy, Pilcaniyeu y Ñorquinco), que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1G o T1B con uso general, y que registren consumos de hasta 4.500 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 10% sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 10% sobre todo el consumo.
  • INTA - Estación Experimental Alto Valle: El Decreto Nº 1.929/05 dispuso incluir dentro del esquema de compensaciones tarifarias al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Estación Experimental Alto Valle. Compensa el 100% del Cargo por Uso de Red a partir de la implementación de nuevas tareas de evaluación y costo económico de distintas alternativas para el control eco-compatible de heladas.
  • Aserraderos: Que desarrollen actividades propias de aserraderos, emprendimientos productivos ligados a la explotación agrícola y producción primaria provincial e industrias que utilicen materia prima originaria extractiva de la Provincia, en la Tarifa T2 o Peaje, y que registren consumos de entre 10 y 50 kW de potencia ajustados a su declaración de potencia, se aplicará un subsidio del 50% sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
  • Tomateros: del Alto Valle y Valle Medio que, dedicados al procesamiento e industrialización del tomate, usen materia prima originaria extractiva de la Provincia, con consumos superiores a 50 Kw de potencia ajustados a su declaración de potencia. Subsidio del 30% del valor que surja de multiplicar el Cargo por Uso de Red del Cuadro Tarifario vigente, para esa categoría tarifaria, por la potencia máxima registrada en ese mes de consumo.
  • Elaboración de Leña Ecológica: Usuarios que usen desechos de aserraderos y/o poda para la elaboración de leña ecológica o eco-leña. Subsidio del 50% del valor que surja de multiplicar el Cargo por Uso del Cuadro Tarifario vigente, para esa categoría tarifaria, por la potencia máxima registrada en ese mes de consumo, en la medida de las disponibilidades de los recursos provenientes del Fondo Provincial de Subsidios Tarifarios.
  • Productores Hortícolas de Colonia Las Margaritas: Encuadrados en la tarifa T2BR o T2BT, cuya demanda de energía se usa para bombas eléctricas destinadas a sistemas de riego, con consumos de entre 10 y 50 Kw de potencia ajustados a su declaración de potencia, tendrán una compensación del 80% sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro y del 50% de los cargos por energía en hora pico, valle y resto.