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Aplicar subsidios tarifarios es una decisión del gobierno provincial en beneficio de los usuarios del servicio público de electricidad, tal cual lo establece el Marco Regulatorio Provincial (Ley 2902).
Desde el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), nos encargamos de instrumentar esa política de gobierno a través de la reglamentación del modo en el que llegarán los subsidios a los usuarios finales.
Tanto la producción, como algunos sectores específicos de nuestra comunidad, reciben anualmente más de 6 millones de pesos en subsidios eléctricos. |
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Sr. Usuario, si cree estar alcanzado por alguno de los subsidios que se detallan a continuación, lo invitamos a solicitarlo en su distribuidora de electricidad. Cualquier consulta, no dude en llamarnos al número gratuito 0-800-333-3272 |
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| Tipología de los subsidios (Estimación anual) |
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Requisitos |
Pequeñas demandas de uso residencial: todos aquellos usuarios residenciales que registren consumos que no superen los 100 kWh/mensuales ó 200 kWh/bimestre, recibirán un subsidio del 80 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro. El inmueble debe estar destinado a su propia y única vivienda. |
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Más de 42 mil usuarios - $ 2.450.000 |
Video Pequeñas demandas de Uso Residencial |
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Jubilados y Pensionados: todos aquellos Jubilados o Pensionados que registren consumos residenciales hasta 200 kWh/bimestre, serán subsidiados con el 100 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50 por ciento de todo el consumo. A la misma categoría de usuarios que registren consumos entre 200 y 300 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50 por ciento de todo el consumo. |
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| Más de 7.300 usuarios - $ 920.000 |
Video Jubilados y Pensionados |
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Ex-Combatientes de Malvinas: a aquellos usuarios ex combatientes de Malvinas que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1R o T1B con uso residencial, y que registren consumos de hasta 200 kWh/bimestre, se aplicará un subsidio del 100 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50 por ciento de todo el consumo. A la misma categoría de usuarios que registren un consumo de más de 200 kWh/bimestre, se aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 50 por ciento de todo el consumo. |
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| Más de 70 usuarios - $ 18.000 |
Video Ex combatientes de Malvinas |
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Personas con discapacidad: los usuarios finales del servicio público de electricidad con discapacidad encuadrados en la tarifa T1-R, consistente en el 100 por ciento del valor del Cargo Fijo y el 100 por ciento del Cargo Variable, hasta un máximo de 150 ó 300 kWh, según la facturación sea mensual o bimestral. |
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| Más de 2.800 usuarios - $ 770.000 |
Video Personas con Discapacidad |
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Asociaciones civiles sin fines de lucro: para aquellas Asociaciones Civiles sin fines de lucro dedicadas a la promoción del deporte de niños y jóvenes, que utilicen la electricidad en las instalaciones exclusivamente destinadas a ese fin, excluyéndose aquellas tales como teatros, salones de baile y restaurante y los espacios físicos dados a terceros en concesión, comodato o cualquier otro título gratuito u oneroso, se aplicará una compensación tarifaria del 50 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo y del 50 por ciento del cargo variable por suministro, para aquellos usuarios encuadrados en la tarifa T1, y del 75 % del Cargo por Uso de Red o Cargo por Potencia Máxima, según corresponda, para los usuarios encuadrados en las tarifas de medianas y grandes demandas. |
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| Más de 50 usuarios - $ 46.000 |
Video Asociaciones Civiles |
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Bibliotecas Populares: a las bibliotecas populares cuyos consumos no excedan de 500 kwh mensuales ó 1000 kwh bimestrales, se les otorgará un subsidio del 100 por ciento del Cargo Fijo y el 100 por ciento del Cargo Variable. En cuanto a los consumos de más de 1000 kwh/mensuales y hasta 2000 kwh/bimestrales, se les otorgará un subsidio del 100 por ciento del Cargo Fijo y del 50 por ciento del Cargo Variable. Los consumos que excedan los kwh subsidiados, serán a cargo del usuario y facturados a los valores fijados en el cuadro tarifario de la Distribuidora.
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| 17 usuarios - $ 9.400 |
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Cooperativas de Agua: consiste en el 100 por ciento del Cargo Gestión Comercial y del 50 por ciento del Cargo por Uso de Red para los usuarios encuadrados en la Tarifa T2 grandes demandas, y del 100 por ciento del Cargo Fijo y 50 por ciento del Cargo Variable para los usuarios encuadrados en la tarifa T1 Pequeñas Demandas. El suministro debe destinarse en su mayor parte al bombeo de agua potable tendiente a abastecer el consumo humano.
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| 31 usuarios - $ 71.000 |
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Entidades privadas sin fines de lucro: a aquellos usuarios que sean entidades privadas sin fines de lucro para la recuperación y atención al enfermo e indigente, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1G o T1B con uso general, y que registren consumos de hasta 4.500 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 25 por ciento sobre todo el consumo.
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| Alrededor de 60 usuarios - $ 15.000 |
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Riego Agrícola (pequeñas demandas): los pequeños productores que sean regantes agrícolas, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1G1 o T1B con uso general, y que registren consumos de hasta 4.500 kWh/bim ó 2250 kWh/mes, se aplicará un subsidio del 70 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 30 por ciento sobre todo el consumo. Para el caso de la Tarifa T1G2, el subsidio será del 75 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 40 por ciento sobre todo el consumo.
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| Más de 190 usuarios - $ 66.000 |
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Riego Agrícola (medianas demandas): a aquellos usuarios medianos productores que sean regantes agrícolas, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T2RA o Peaje, y que registren consumos de entre 10 y 50 kW de potencia ajustados a su declaración de potencia, se aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
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| Alrededor de 320 usuarios - $ 800 .000 |
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Juntas Vecinales de Bariloche: aquellas Juntas Vecinales radicadas en la ciudad de San Carlos de Bariloche y que, sin ánimo de lucro, utilizan la electricidad para el bombeo de agua potable destinada a la población, se aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
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| 15 usuarios - $ 70.000 |
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Industrial Zona Sur: a aquellos usuarios que sean industrias radicadas en la Región Sur (correspondiente a los departamentos de Valcheta, 9 de Julio, 25 de Mayo, El Cuy, Pilcaniyeu y Ñorquinco), que se encuentren encuadrados en la Tarifa T1G o T1B con uso general, y que registren consumos de hasta 4.500 kWh/bim, se les aplicará un subsidio del 10 por ciento sobre los valores del Cargo Fijo por suministro y del 10 por ciento sobre todo el consumo.
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| 12 usuarios - $ 800 |
Video Industrias radicadas en la Región Sur |
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INTA - Estación Experimental Alto Valle: el Poder Ejecutivo Provincial mediante el dictado del Decreto Nº 1.929/05 dispuso incluir dentro del esquema de compensaciones tarifarias al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Estación Experimental Alto Valle. Esa compensación regirá hasta la finalización del proceso de la segunda revisión tarifaria de la Distribuidora EdERSA, con la aprobación del nuevo cuadro tarifario, siempre y cuando en él se contemple la situación del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, Estación Experimental Alto Valle.
Se compensará el 100 por ciento del Cargo por Uso de Red a partir de la implementación de nuevas tareas de evaluación y costo económico de distintas alternativas para el control eco-compatible de heladas, encontrándose dentro de ellas la defensa contra heladas por aspersión, ventiladores o combustible a presión para lo cual requiere una potencia mayor en determinadas épocas del año, y la permanente incidencia que tienen las actividades científicas que desarrolla ese Instituto en la principal economía de la Provincia.
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| 1 usuario - $ 32.000 |
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Aserraderos: a aquellos usuarios que desarrollen actividades propias de aserraderos, emprendimientos productivos ligados a la explotación agrícola y producción primaria provincial e industrias que utilicen materia prima originaria extractiva de la Provincia, que se encuentren encuadrados en la Tarifa T2, T3, T4 o Peaje, y que registren consumos de entre 10 y 50 kW de potencia ajustados a su declaración de potencia, se aplicará un subsidio del 50 por ciento sobre los valores del Cargo por Uso de Red por suministro.
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| Alrededor de 150 usuarios - $ 600.000 |
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Tomateros: a aquellos usuarios finales del servicio público de electricidad radicados en la zona del Alto Valle y Valle Medio que, dedicados al procesamiento e industrialización del tomate y que para ello utilicen materia prima originaria extractiva de la Provincia, registren consumos superiores a 50 Kw de potencia ajustados a su declaración de potencia, se les aplicará un subsidio del 30% del valor que surja de multiplicar el Cargo por Uso de Red establecido en el Cuadro Tarifario vigente, para esa categoría tarifaria, por la potencia máxima registrada en ese mes de consumo.
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| 5 usuarios - $ 125.000 |
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Elaboración de Leña Ecológica: a los usuarios que utilicen desechos de aserraderos y/o poda para la elaboración de leña ecológica o eco-leña, se les aplicará un subsidio del 50% del valor que surja de multiplicar el Cargo por Uso de Red fijado en el Cuadro Tarifario vigente, para esa categoría tarifaria, por la potencia máxima registrada en ese mes de consumo, en la medida de las disponibilidades de los recursos provenientes del Fondo Provincial de Subsidios Tarifarios establecidos en el artículo 59 inc. a) de la Ley 2.902..
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| 1 usuario |
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