Cuando la Empresa de Energía
incurra en acciones o trabajos que afecten espacios públicos
tales como calles y/o veredas, deberá ejecutar
los mismos cumpliendo con las normas técnicas y
de seguridad aplicables en cada caso, como
asimismo reparar las calles y/o veredas afectadas para
dejarlas en perfecto estado de uso; si no fuese
el caso y merezca la denuncia de autoridades nacionales,
provinciales o municipales o provoquen la denuncia fundada
por parte de vecinos o usuarios, el EPRE aplicará
una sanción que estará destinada a subsanar
el daño causado; todo esto sin perjuicio de las
otras sanciones o demandas ya previstas en el Contrato
de Concesión.
En el apartado referido a "Trabajos
en la vía pública" del Contrato
de Concesión se especifica que "la
instalación en la vía pública o en
lugares de dominio público, de cables y demás
elementos o equipos necesarios para la prestación
del SERVICIO PUBLICO por parte de LA DISTRIBUIDORA, deberá
realizarse en un todo de acuerdo a la normativa vigente.
LA DISTRIBUIDORA será responsable de todos los
gastos incurridos en la realización de tales trabajos,
como asimismo, de los daños que los mismos puedan
ocasionar a terceros o a los bienes de dominio público" (art.20).
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Acceda aquí al Reglamento de Trabajos en la Vía Pública
ver ANEXO |